Cámara de Apelaciones rechazó sentencia por cuota alimentaria irrisoria
Al resolver un recurso de apelación, los jueces Aníbal Acosta y Daniel Alejandro Sacks recordaron que ese Tribunal ya ha sentenciado que la imposibilidad económica que se arguye para afrontar la cuota pretendida se desvanece ante el hecho que “todo progenitor debe realizar los máximos esfuerzos que resulten necesarios (efectuando trabajos productivos), sin que pueda excusarse de cumplir con su obligación alimentaria invocando ingresos insuficientes; salvo supuestos insalvables”.
En la demanda surge que el padre tenía la obligación de pagar 15.000 pesos como cuota alimentaria de sus dos hijas, lo que pese a ser una “suma irrisoria” era cumplido de manera irregular por el alimentante debido a que oponía como defensa la falta de trabajo.
En la resolución de la Cámara de Apelaciones los jueces Acosta y Sacks acordaron que es “prudente, razonable y adecuado establecer la cuota alimentaria en favor de las hijas en común en la suma de 70 mil pesos, conforme a los gastos denunciados en la demanda.
miserable ese padre
ResponderBorrarcómo puede ser que solo sea 70.000 están locos con eso no te alcanza ni las comidas
ResponderBorrarlos jueces son unos miserables
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